El alquiler de pisos turísticos es lícito siempre que no genere problemas de convivencia en el edificio 31 de mayo de 2016 Jurisprudencia Pisos turísticos El TSJ Cataluña considera que el alquiler de pisos turísticos no es en sí contrario a la convivencia normal de una comunidad de propietarios y señala que las conductas incívicas deben analizarse caso por caso.